9/1/2018

*Por Mario Valderrama, director área de Derecho Corporativo La Superintendencia de Valores y Seguros (“SVS”) ha dictado la Norma de Carácter General N°422 de fecha 26 de diciembre de 2017, cuyo objeto fue derogar normativa o precisar aquella normativa que no se encuentra vigente, ya que sus “(…) disposiciones han ido perdiendo coherencia y consistencia producto de las reformas legales que se han introducido al marco jurídico en el último tiempo (…)”.Del largo listado de normativa derogada, se puede destacar la Norma de Carácter General N° 131 de fecha 12 de marzo de 2002 (“NCG 131”), que regulaba las operaciones directas en rueda. La NCG 131 autorizaba transacciones bursátiles efectuadas en rueda de una bolsa de valores, en que un corredor actuaba al mismo tiempo como comprador y vendedor de un determinado valor, para sí o para sus clientes (“OD”).Un tipo de OD autorizada era la denominada OD sin difusión, esto es, OD cerradas automáticamente por los sistemas de negociación de las bolsas, sin necesidad de negociación previa. Para ello la NCG 131 requería copulativamente: (i) que la OD tuviera un monto máximo de UF 30.000; (ii) su objeto fuera un valor con presencia bursátil; (iii) su precio se encontrara dentro de un cierto rango o banda de precio, denominada por la NCG 131 como “horquilla”, sobre la base de la “mejor oferta de compra y venta vigentes”; (iv) que al momento de ingresar la OD al sistema de negociación, la suma de las ofertas disponible, tanto de compra como de venta, sea al menos de UF 200 o el 20% del monto de la OD, lo que resulte mayor; (v) la diferencia de precio entre la oferta de compra y venta, límites para el cumplimiento del monto antes señalado, sea inferior o igual al 2%, tomando como base el precio de la oferta de compra; y (vi) el intermediario debía esperar al menos 30 segundos entre una OD sin difusión ejecutada para un mismo cliente.En el caso de no cumplirse con alguna de las condiciones señaladas en el (iv), (v) y (vi) precedentes, la NCG 131 autorizaba las OD con difusión mínima de 30 segundos y a un precio “mejor” que aquellos conformados por los límites de la horquilla. En el caso de OD de monto superior a UF 30.000 e inferior a UF 100.000 deberá tener una difusión de al menos un minuto, y de al menos 3 minutos en caso de OD por montos superiores a UF 100.000.Lo anterior significaba, en concreto, que una OD sin difusión no estaba disponible para ser conocida o interferida por un tercero en el mercado, y en el caso de OD con difusión el corredor de bolsa debía mantener abierta la oferta por una ventana de tiempo limitada establecida en la NCG 131.De esta forma, la derogación de la NCG 131, especialmente las OD sin difusión, resulta congruente con: (i) la propuesta presentada a la SVS por el mercado bursátil, con el objeto de “(…) incorporar estándares internacionales en las negociaciones bursátiles y aumentar la transparencia, competencia y liquidez en la transacción de acciones y cuotas de fondos, perfeccionando así el proceso de formación de precios y la profundidad de nuestro mercado de valores (…)”[1], lo que se ha materializado en una nueva normativa de operaciones bursátiles, aprobada por la SVS el lunes 8 de enero de 2018[2]; (ii) la concepción paradigmática del mercado de valores como centro de formación de precio mediante la interacción libre de la oferta y la demanda; (iii) los principios de un mercado de valores equitativo, competitivo, ordenado y transparente, establecido en el artículo 39 de la Ley N° 18.045, de Mercado de Valores (“LMV”); y (iv) la posición institucional de la misma SVS, reflejada en la Resolución Exenta N° 223 de fecha 20 de julio de 2015 (“RE 223”), que sancionó a diversas personas en el denominado “Caso Cascadas”. En dicho caso, se identificó a las OD como una estructura idónea para materializar operaciones ficticias, prohibidas expresamente por el artículo 53 de la LMV. En la RE 223, se indicó que las OD “(…) habrían sido utilizadas para asegurar el cierre de una serie de transacciones que responderían a una planificación previa, la que consideraba que ellas se efectuaran entre determinadas partes que se habrían concertado. En tal sentido y respecto a estas últimas, lo engañoso estaría dado porque se habrían realizado operaciones bursátiles con el único objetivo de reconocer utilidades contables, lo cual era posible debido a la diferencia entre el valor libro de las acciones y su valor de venta, no obstante, se buscó dar la apariencia que dichas transacciones bursátiles parecieran ser operaciones propias de mercado (...)”[3].Para conocer más detalles sobre la información descrita, los invitamos a acceder a los siguiente link: http://www.svs.cl/normativa/ncg_131_2002.pdfhttp://www.svs.cl/normativa/ncg_422_2017.pdfReferencias[1] Ver en: http://www.bolsadesantiago.com/noticias/Paginas/SVS-autoriza-cambios-propuestos-por-Bolsa-de-Comercio-de-Santiago-a-Normativa-de-sus-Operaciones-Burs%C3%A1tiles.aspx[2] Ver nueva normativa de la Bolsa de Comercio de Santiago, en: http://www.bolsadesantiago.com/noticias/SiteAssets/Paginas/Forms/EditForm/Circular%20N%C2%B01544%20-%2008012018.pdf[3]Resolución Exenta N° 223 de la SVS, página 30.

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