En el mes de noviembre de este año, el Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial”, el que se encuentra en primer trámite constitucional con suma urgencia.
Este Proyecto da cuenta de lo relevante que es la planificación urbana en la calidad de vida de los habitantes de un territorio, así como en el ejercicio de derechos fundamentales y de las diversas modificaciones legales que se han incorporado; las que si bien han introducido avances en materia de planificación, indica que al ampliar las exigencias de los instrumentos de planificación territorial (“IPT”), se han generado otras consecuencias como el aumento de los tiempos en los procedimientos de elaboración o modificación, un excesivo formalismo, duplicidad de funciones, falta de coordinación entre órganos de la Administración del Estado en la tramitación de los IPT, entre otros.
El Proyecto identifica 9 problemas que impactan significativamente el sistema de planificación territorial, precisando, por ejemplo, que las deficiencias en el sistema de administración urbanística como consecuencia de su excesiva atomización se producen también con la aplicación de las normas generales contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General. En efecto, la ley le ha conferido a la División de Desarrollo Urbano la facultad de emitir instrucciones –a través de circulares– para la aplicación de sus disposiciones y Ordenanza; y le entrega a dicha autoridad –a través de las Secretarías Regionales Ministeriales– el deber de supervigilancia de la regulación, tanto administrativa como técnica, sobre construcción y urbanización, así como la interpretación de las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial.
Contraloría General de la República, por su parte, también interpreta la referida normativa, modificando, revertiendo interpretaciones, generándose –dado el número de organismos involucrados– situaciones que conllevan a la confusión tanto para la administración, como para los administrados, lo que se traduce en nuevas demandas de interpretaciones y en la perpetuación de situaciones de incerteza jurídica.
En ese contexto, el Proyecto busca efectuar una serie de adecuaciones legales, poniendo énfasis en la modernización, eficiencia y eficacia; la racionalización de los trámites y plazos administrativos y la diversificación de procedimientos para atender las necesidades en forma oportuna. Se pretende también incorporar normas que permitan unificar el régimen aprobatorio de los planes reguladores comunales con el objeto hacer más eficientes los procesos y evitar la duplicidad de trámites y revisiones, controlando así los efectos de la atomización del sistema. Se incorporan instancias de coordinación entre municipalidades y entre éstas y el respectivo gobierno regional para asegurar una planificación territorial integrada.
El Proyecto ratifica el rol de la Contraloría General de la República para resolver los conflictos que se generan ante la insistencia de las municipalidades frente a informes desfavorables de las Secretarías Regionales Ministeriales que impidan la entrada en vigencia de planes reguladores comunales o sus modificaciones por incumplimientos a las previsiones del plan regulador intercomunal, en caso de existir.
En concreto, el Proyecto busca modificar la normativa orgánica de municipalidades, gobiernos regionales y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de hacer ajustes principalmente en lo relativo al nuevo régimen aprobatorio de planes reguladores comunales y las obligaciones de capacitación en planificación territorial y materias afines. Modifica también la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el fin de fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial y la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (ley N°21.442), con el objeto de regular el estándar de urbanístico aplicable a la trama vial que se traslada desde la Ley General de Urbanismo y Construcciones.