El pasado 10 de marzo, la Unidad de Análisis Financiero (“UAF”) publicó un nuevo informe de tipologías y señales de alerta de lavado de activos en Chile, que contiene una sistematización y descripción de los casos penales que se ventilaron en tribunales chilenos entre los años 2019 y 2023, y que han concluido con condena por el delito de lavado de activos contemplado en el artículo 27 de la Ley N°19.913. En este periodo, en total han sido 191 las sentencias condenatorias dictadas por tribunales.
El objetivo de este informe es identificar las principales tendencias, maniobras y esquemas que se han utilizado en los últimos 5 años para blanquear capitales de origen ilícito. Este análisis permite comprender el modus operandi de los blanqueadores de activos, información que es fundamental para que los distintos actores vinculados con la prevención de este delito, tanto del sector público como del sector privado, puedan planificar e implementar mejores y más eficientes medidas de control.
Dentro de sus principales conclusiones, nos parece importante destacar:
- El 91,3% de las sentencias han sido dictadas por jueces de garantía en el marco de procedimientos abreviados, lo que implica que los imputados aceptan de forma expresa los hechos por los cuales han sido acusados, así como los antecedentes de la investigación que sustentan dichas acusaciones. Solo el 6,5% de las sentencias han sido dictadas en juicios orales.
- Desde 2014 en adelante, se ha visto un aumento de las sentencias condenatorias por delitos base –es decir, ilícitos que permiten generar recursos que luego deben ser blanqueados– ligados al fraude y la corrupción (por ejemplo, malversación de caudales públicos, fraude al fisco, cohecho y estafas, entre otros). Sin perjuicio de ello, sigue siendo el tráfico de drogas el principal delito base.
- Los principales sectores económicos vulnerados por las personas que han buscado blanquear activos de origen ilícito son los siguientes: (i) compraventa de vehículos nuevos o usados (automotrices), presente en un 73,9% de los casos analizados; (ii) los notarios, presentes en un 57,6% de los casos analizados; (iii) las instituciones bancarias, presentes en un 44,6% de los casos analizados; y, (iv) los conservadores de bienes raíces (por ejemplo, mediante la transferencia de bienes inmuebles), presentes en un 44,6% de los casos analizados.
- Los principales mecanismos utilizados para blanquear activos de origen ilícito son los siguientes:
- Uso de testaferros: mediante la inscripción de bienes a nombre de terceros que, en definitiva, no son los verdaderos dueños, pero que aparentan serlo (por ejemplo, a través de la adquisición de vehículos motorizados a nombre de miembros del núcleo familiar de quienes desarrollan estas conductas).
- Creación de personas o estructuras jurídicas: mediante la constitución de personas jurídicas para ocultar la identidad de individuos, o bien el origen de determinados bienes.
- Fraccionamiento: mediante la utilización de transacciones “pequeñas” para evitar levantar alertas por utilizar grandes sumas de dinero.
- Operaciones comerciales ficticias o anormales: mediante la realización de transacciones sin justificación para simular un flujo lícito de dinero, ocultando su origen (por ejemplo, a través de compraventas ficticias o subvaloradas, contratos ideológicamente falsos, entre otros).
- Uso de profesionales legales o financieros: mediante la utilización de profesionales, tales como abogados o contadores, para ocultar el origen ilícito de capitales.
- Por último, en el 94,9% de los casos analizados se utilizó dinero en efectivo en las operaciones en la que se intentó blanquear activos.
Tomando en cuenta el anterior informe de tipologías y señales de alerta de lavado de activos publicado por la propia UAF en el año 2023, que analizó los casos judicializados entre 2007 y 2022, la cantidad de sentencias condenatorias por este delito ha ido aumentando de forma paulatina con el paso del tiempo. A modo de ejemplo, entre 2007 y 2022, es decir, en un período de 15 años, fueron 271 las condenas por lavado de activos dictadas por tribunales chilenos. Pues bien, entre los años 2019 y 2023, es decir, en 4 años, los tribunales dictaron 191 sentencias condenatorias por este delito.
Son diversas las conclusiones y reflexiones que pueden extraerse a partir de estos datos, de las cuales nos parece importante destacar las siguientes.
En primer lugar, los resultados de este nuevo informe de la UAF dan cuenta de una cada vez más importante actividad de los entes encargados de la persecución penal en materia de investigación y sanción del delito de lavado de activos. Esta tendencia al alza es esperable que continúe durante los próximos años, considerando la conciencia que hoy existe entre las autoridades de lo relevante que son este tipo de investigaciones en el marco de la política criminal del país. Las dificultades para ello radican, como es bastante obvio, en las cada día más sofisticadas y diversas formas en que el mundo delictual busca lavar activos ilícitos (por ejemplo, el fenómeno de las monedas virtuales tipo bitcoin representa todo un desafío para la autoridad).
En segundo lugar, los resultados del informe deben ser mirados con especial atención por parte de todos los agentes que se encuentran expuestos al riesgo de que sus estructuras internas sean utilizadas para lavar activos, sobre todo aquellos agentes pertenecientes a las actividades o sectores económicos más vulnerados. Lo anterior, debido a que la UAF y las instituciones encargadas de la persecución en materia penal presumiblemente mirarán con mayor detenimiento estas actividades riesgosas.
En tercer y último lugar, y a la luz de las dos reflexiones anteriormente señaladas, es más fundamental que nunca que los agentes económicos y las organizaciones, sobre todo aquellos que participan en las industrias más expuestas a lavado de activos, cuenten con sistema eficientes y efectivos de prevención y detección de conductas potencialmente riesgosas de este delito. Ello es realmente perentorio en el contexto actual en el que nos encontramos luego de la entrada en vigencia de la Ley N°21.595, de Delitos Económicos.
En conclusión, los resultados del nuevo informe de tipologías de señales de alerta de lavado de activos publicado recientemente por la UAF confirman la tendencia de los últimos años a una mayor persecución y sanción de este delito. El desafío del Ministerio Público y de las policías es continuar por esta senda, sobre todo considerando las nuevas formas de blanqueo de activos que han surgido en el último tiempo y que ciertamente surjan a futuro.