Durante los últimos años, en aquelloscasos en que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”)declaraba improcedente la presentación de un recurso de reclamación, respectode una resolución, la Corte Suprema había admitido la presentación del recursode hecho. Esto, pese a que la ministra del máximo tribunal, doña AdelitaRavanales, había manifestado de manera consistente, mediante prevenciones yvotos disidentes, una interpretación formal sobre este punto. Según sucriterio, y atendido el tenor literal de los artículos 203 y siguientes delCódigo de Procedimiento Civil, el recurso de hecho en cualquiera de sus fases(verdadero o falso recurso de hecho), procedería únicamente respecto derecursos de apelación, y no frente a recursos de reclamación como aquellos previstosen el Decreto Ley N° 211. Así, al tratarse el recurso de apelación y el dereclamación “de arbitrios diversos”, los recursos de hecho interpuestoscontra las resoluciones del TDLC que denegasen una reclamación, no debíanprosperar[1].
En dos recientes decisiones, es ahora laCorte Suprema la que ha modificado su jurisprudencia sobre esta materia,haciendo suyo el razonamiento de la ministra Ravanales. En efecto, la FiscalíaNacional Económica presentó dos recursos de hecho, a propósito de informes emitidospor el TDLC; uno en materia portuaria y el otro, en materia sanitaria. En elprimer caso, el voto de mayoría rechazó el recurso de hecho en cuestión[2]; y, en elsegundo caso, la resolución que lo rechazó fue dictada de forma unánime[3]. En ambos,el máximo tribunal descartó la procedencia del recurso de hecho, restringiendode ese modo la posibilidad de impugnar ante la Corte Suprema resolucionesdictadas por el TDLC en sus procedimientos, en los que el legislador optóexpresamente por la reclamación o la reposición como vía recursiva (y no, porla apelación).
Este cambio jurisprudencial refleja que,al menos en la tercera sala del máximo tribunal, estaría primando una miradamás apegada a la literalidad de las normas, y también da cuenta de una actitud másdeferente por parte de la Corte Suprema respecto de las decisiones adoptadaspor el TDLC, confirmando una tendencia que se ha dado en otros asuntos durantelos últimos meses[4].
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