10/11/2016

En este artículo escrito se analiza la decisión de la Corte Suprema recaída en el proyecto Modificación Puerto Punta Totoralillo. En particular, los autores examinan críticamente a la luz del criterio de deferencia técnica, la interpretación amplia tomada por la Corte Suprema sobre la extensión de las competencias del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental al resolver la reclamación administrativa establecida en el artículo 20 de la Ley N°19.300. A su vez, se revisa la consideración de la Corte Suprema relativa a que no fuese arbitrario someter al proyecto a las mismas exigencias que llevaron a la aprobación favorable del proyecto original.Puedes ver la publicación completa de la Revista de Derecho Ambiental, Año IV, N°6 aquí.[:en]We analysed the Supreme Court’s decision regarding the project Modificación Puerto Punta Totoralillo. Particularly, we critically reviewed from the technical deference criteria the wide interpretation made by the Supreme Court about the extension of the competences of the Executive Director of the Environmental Assessment Service when solving the claim established in the Article No. 20 of the Law No. 19,300. Furthermore, we reviewed the Supreme Court’s consideration regarding the nonarbitrariness of submitting the project to the same requirements that allowed the original project’s approval