6/6/2018

El pasado 25 de mayo, el Ministerio del Medio Ambiente (“Ministerio”) dictó la Resolución Exenta N°0409/2018, en virtud de la cual dio inicio al segundo proceso de declaración de conformidad a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la Ley N°20.920, cuerpo normativo que establece el “Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje” (“Ley REP”).Esta normativa -vigente desde junio de 2016- establece un régimen especial de gestión de residuos, conforme al cual los productores de ciertos productos (denominados “productos prioritarios”) serán responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos de los productos prioritarios que comercialicen en el país, así como de cumplir con futuras metas de recolección y valorización. Los productos prioritarios establecidos en la Ley REP corresponden a: aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, pilas y neumáticos.A la fecha, el Ministerio ha dado inicio al procedimiento de elaboración de los decretos de metas de recolección y valorización y otras obligaciones, de dos productos prioritarios: neumáticos y envases y embalajes. Así, se espera que en el mes de junio se publiquen los anteproyectos de ambos decretos, los cuales serán sometidos a consulta pública, y serán además, conocidos por organismos públicos y privados competentes a través de Comités Operativos Ampliados, que ya se encuentran constituidos.No obstante lo anterior, mientras los decretos de metas no entren en vigencia, el Ministerio puede requerir a los productores entregar anualmente la siguiente información: (a) cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año inmediatamente anterior; (b) actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual período, y su costo; (c) cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso; y (d) indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización es individual o colectiva. Esta información permitirá al Ministerio tener un panorama de cómo los productos prioritarios y sus residuos se mueven actualmente en el mercado.El primer proceso de declaración se llevó a cabo por el Ministerio a comienzos de junio de 2017 y culminó en octubre del mismo año, estableciéndose en dicha oportunidad, etapas diferenciadas de declaración por producto prioritario. Este año, el Ministerio estableció como plazo máximo de declaración el día 31 de agosto para todos los productos prioritarios.De acuerdo con información entregada por el propio Ministerio, el porcentaje de declaración por parte de los productores fue bajo el año pasado, por lo que se espera que una mayor cantidad de productores declare este año. Lo anterior, sin lugar a dudas, ayudará a la autoridad a contar con información más completa y representativa del contexto nacional, logrando así una mejor regulación. Al mismo tiempo, permitirá ir estableciendo progresivamente las herramientas para transitar hacia a una economía circular: el futuro para un desarrollo sustentable.Para mayor información contactar a Claudia Alfaro.

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