10/11/2016

El presente artículo plantea un actual fracaso de la reparación ambiental voluntaria, formulando argumentos que analizan de manera crítica tanto el diseño como la puesta en práctica de los planes de reparación de daño ambiental; postulando que -contrario a lo establecido en la legislación chilena- es incorrecto clasificarlos como incentivos al cumplimiento. Considerando que ningún plan de reparación ha sido presentado desde que entraron en vigencia, se abordan las razones por las cuales el infractor, al analizar el costo y el beneficio asociado a la presentación de dicho instrumento, podría estimar que su interposición es más perjudicial que su omisión. Finalmente, se presentan propuestas para modificar la regulación de los planes de reparación con el objetivo de promover instrumentos reparatorios voluntarios eficaces.Puedes ver la publicación completa de la Revista de Derecho Ambiental, Año IV, N°6 aquí[:en]This article states the failure of the environment’s voluntary reparation, proposing arguments that critically analyze the design and implementation of reparation plans for environmental damages, stating that -unlike what is established in the Chilean legislation– considering those plans as incentives for compliance is incorrect. Taking into account that no reparation plan has been submitted since they entered into force, this study address the reasons why an offender, when analyzing the costs and benefits of presenting such instrument, would estimate that its submission is more detrimental than its omission. Finally, the study proposes amendments for the regulation of reparation plans, with the purpose of promoting effective voluntary repairing instruments.Complete publication here

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