En el mes de abril, la Presidenta Bachelet promulgó las leyes para el Fortalecimiento y Transparencia de la Democracia. Parte de la agenda de probidad y transparencia que surgió tras las recomendaciones de la comisión Engel.En palabras de la mandataria: "Estamos fijando nuevas reglas para nuestra democracia, estamos haciendo lo necesario para que la democracia sea un espacio de juego limpio. No queremos para Chile una política que se hace a espaldas de la gente o que pueda verse contaminada con el dinero". "Lo que Chile merece es una política que se hace de frente, que no tiene nada que esconder, que se somete al escrutinio público, a la sana competencia y la transparencia, una política que se construye a partir de ideas y no de eslóganes (...) una política cuyo único norte es la libertad y la paz de las personas".“Estas leyes establecen un conjunto de medidas que imponen obligaciones, límites muy precisos a la actividad partidaria y electoral, entre otros aspectos, transparentando y democratizando la vida interna de los partidos, eliminando definitivamente el poder del dinero del financiamiento electoral".Las obligaciones
- Servel participará como ministro de fe en las elecciones internas de los partidos, con el fin de garantizar que se respete la voluntad de los afiliados a la colectividad.
- Cada partido deberá tener, al menos, un 40% de integrantes correspondientes a un género. Así, se asegura una mayor representatividad femenina en sectores que, históricamente, habían sido ocupado por varones.
- Los partidos deberán transparentar y rendir cuentas de manera pública para sus afiliados y el país en general.
- Para la construcción de nuevos referentes políticos, ya no será necesaria la obtención del 0,5% del electorado, pasando al 0,25% en tres regiones contiguas u ocho discontinuas.
- Además, para la subsistencia de estos, deberán tener cuatro parlamentarios o conseguir el 5% de los sufragios en la región que representan.
- El Estado suministrará a los candidatos 0,02 UF por votos en la última elección. También, hay un aumento hasta 0,04 UF por voto de candidatos reciben por concepto de reembolso de gastos electorales al término de las campañas.
- Baja en un 50% el gasto electoral salvo para las elecciones municipales, que se mantiene intacto.
Los aportes
- Las personas naturales no podrán aportar una suma que exceda el 10% del límite del gasto electoral fijado para la respectiva comuna.
- Los partidos deberán reinscribir a todos sus militantes como plazo máximo 12 meses tras la promulgación.
- Podrán haber "aportes menores sin publicidad", cuya identidad del emisor del dinero se mantendrá en privado. Así, los dineros topes aceptados son 10 UF para concejales, 15 UF para elección de alcaldes y CORE, 20 UF para diputados y senadores y 40 UF para presidentes.
Las sanciones
- Candidatos a Presidente de la República se aumenta el período de campaña hasta 200 días antes de la votación definitiva.
- Corren el riesgo de perder su escaño aquellos representantes que cometan infracciones graves a la legislación sobre el control y gasto electoral.
- Si un candidato recibe aportes que exceden en un 40% lo permitido, sufrirá una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio ((61 días a 3 años y un día) y una multa equivalente al triple de lo otorgado u obtenido.
- En caso de que los aportes sean de parte de persona jurídica, hay presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años y un día) y una multa equivalente al triple de lo otorgado u obtenido.
- Si algún administrador electoral entrega datos falsos al Servel sobre fondos, habrá presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a 5 años).